¿Requisitos para Cerrar un Negocio bajo el régimen de Cuota Fija?
Si las ventas no han sido de lo mejor el último año, si las perspectivas de crecimiento o metas no se están cumpliendo, más allá de cual sea la razón de las dificultades que atraviesa tu negocio, si estás evaluando CERRAR TU NEGOCIO. Aquí te contamos los requisitos para cerrar un Negocio que se encuentre bajo el Régimen de Cuota Fija formalmente.
¿Quienes pueden realizar éste Trámite?
Cualquier persona puede realizar éste trámite, siempre que tenga relación o interés con el negocio, si es un tercero quien va a realizar la gestión deberá acompañar un Poder Especial respecto que le faculte a realizar dicha gestión.
Para dar de baja un negocio bajo el régimen de cuota fija tenemos que acudir a la Alcaldía donde se encuentre registrado el mismo y para ello se debe realizar una Solicitud a la direccion de recaudacion de la Alcaldía exponiendo los motivos por el cual el negocio cerrará operaciones.
¿Que documentos tenemos que presentar?
Los documentos a presentar ante la Alcaldía son:
- Cédula de identidad del contribuyente
- Formulario del cierre de negocio (solicitud de giro o actividad)
- Carta de solicitud de cierre de negocio (exponiendo razones).
- Carta de solicitud de cierre ante la DGI.
En el caso de la DGI (Cuota Fija) para realizar el cierre para el régimen simplificado o cuota fija se tiene que presentar los siguiente:
1. Carte de Solicitud exponiendo los motivos del cierre dirigida al Administrador de Renta
2. Llenar formulario de Solicitud de Cierre de Obligaciones
3. Estar solvente con sus obligaciones tributarias
4. Entregar originales de RUC y certificado de inscripción
5. Cierre en la Alcaldía correspondiente
6. Inspección de cierre de Negocio
¿Que pasa si el dueño del negocio ha fallecido?
Si quien aparecía registrado como dueño del Negocio falleció, el familiar o una persona interesada deberá exponer dicho motivo, presentando lo siguiente:
1. Carta de Solicitud del interesado dirigada al Adminsitrador de Renta exponiendo siempre los motivos del cierre del negocio
2. Fotocopia del Certificado de Defunción del Contribuyente
3. Llenar formulario de Solicitud de Baja del Contribuyente
4.Estar solvente con sus obligaciones tributaria
5.La persona qie realice el trámite deberá presentar el Documento que demuestre el vinculo familar con la persona fallecida (Certificado de Nacimiento, Acta de matrimonio, etc).
Tener en cuenta que:
* La Carta de Solicitud de cierre ante la DGI deberá venir con su respectivo sello y firma de recibido o constancia de NO Contribuyente.
* Si el negocio ejercía alguna actividad que requiriese del permiso de la policía (bares, tragamonedas, etc) y del MINSA (panadería, comidería, etc), se deberá presentar constancia de baja, donde se renuncia a dicha actividad y que señale la fecha en que dejó de operar.
* Poder de Representación (Cuando una tercera persona realice el trámite deberá presentar un Poder Especial que demuestre que el interesado o dueño del negocio le ha facultado para hacer todas las gestiones pertinentes).